A partir de entonces, las entidades contratantes, sean públicas o privadas, tendrán que descontar la seguridad mes vencido, de acuerdo con un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
El fallo ordena al Gobierno reglamentar el artículo 135 de la Ley 393 de 2015 y le da cuatro meses para hacerlo, explica El Tiempo.
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El Tribunal respondió a una acción de cumplimiento solicitada por la representante a la Cámara Angélica Lozano, quien reseñó que muchos trabajadores en la actualidad tienen que “endeudarse para recibir pago” por sus trabajos.
Lozano le pidió al Gobierno no apelar la decisión del Tribunal, que favorece los derechos de miles de trabajadores.
Juntos pidamos a @MintrabajoCol, @MinHacienda y @MinSaludCol con la etiqueta #ContratistasConDerechos, que el Gobierno NO apele la decisión del Tribunal y cumpla la ley: que se descuente seguridad social mes vencido, sin endeudarse para recibir pago 💪 ¡A trinar!
— Angélica Lozano Correa (@AngelicaLozanoC) 21 de marzo de 2018