Según la Estadística de Migraciones y Cifras de Población del primer semestre de 2002, publicado este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE), la población residente en España aumentó en 182.141 personas en ese periodo, lo que situó el número total de habitantes en 47’615.034 (el valor máximo de la serie histórica) debido, fundamentalmente, a la llegada de inmigrantes.

(Le interesa: Complicada situación para colombianos que quieren irse para Madrid o Ciudad de México)

Entre enero y junio de 2022, el número de extranjeros creció en 172.456 (el 3,1 %) hasta los 5’579.947, con lo que suponen el 11,7 % de quienes habitan en España.

De esas 172.456 personas, 60.142 (el 19,1 % más) llegaron desde Colombia, 48.396 lo hicieron desde Ucrania (45,8 % más) y 31.703, desde Venezuela (14,4 % más).

El aumento de población residente en España del primer semestre es resultado de un saldo migratorio positivo de 258.547 personas, es decir, que hubo 478.990 inmigraciones procedentes del extranjero y 220.443 emigraciones con destino al extranjero.

Frente a los colombianos, ucranianos y venezolanos, principales nacionalidades de inmigrantes extranjeros, los mayores descensos fueron los de los ciudadanos rumanos (11.751 personas menos), británicos (8.381 menos) y chinos (5.058 menos).

Pese a estas cifras la comunidad extranjera mayoritaria sigue siendo la marroquí, con 770.610 ciudadanos viviendo en España, seguida de la procedente de Rumanía (619.833), Colombia (375.528), Reino Unido (307.443) e Italia (306.621).

¿Cómo será la regularización de migrantes en España?

El Gobierno español anunció una regularización extraordinaria de personas migrantes en situación irregular, que podría beneficiar a alrededor de 500.000 personas. Se trata de un proceso excepcional mediante el cual personas extranjeras que hoy se encuentran en ese país sin permiso de residencia podrán obtener papeles de forma legal si cumplen una serie de requisitos básicos. Entre los requisitos que deberán cumplir son: Estén en España antes del 31 de diciembre de 2025 Puedan demostrar que llevan al menos cinco meses de residencia en el país No tengan antecedentes penales relevantes Este tiempo de permanencia podrá acreditarse con documentos como: Certificados de empadronamiento Informes médicos o citas sanitarias Contratos de alquiler Facturas de servicios como luz o agua

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